Monday, August 17, 2015

El derecho a habitar la propia casa

Hace pocas semanas, una mujer de noventa años –a la que conozco desde la infancia- fue a su chalet, situado en un pueblo de la sierra madrileña a pasar el mes de agosto.. Inició el viaje, con un acompañante, desde Valencia, su lugar de residencia habitual. Al llegar a su destino, sabía que podía tener problemas. Una pareja joven que estaba a su servicio en esa casa– sin más acuerdo que uno verbal- no dejó entrar a la dueña a su propio domicilio. La señora mayor llamó a la policía y a la guardia civil, que se personaron en el lugar e intentaron solucionar el problema. El hombre y la mujer de servicio no se avinieron a razones, dejaron a un hijo suyo en el chalet con la puerta cerrada y se fueron. Las fuerzas de seguridad dijeron a la propietaria –quien pudo demostrar su condición- que se volviera a Valencia, pues nada se podía hacer por el momento. Eso sí: llamaron a una ambulancia para que atendiera a la señora nonagenaria, quien después del sofocón hubo de ser internada en un hospital, donde permaneció una semana. Este no es un episodio aislado. Ciertamente es desagradable desalojar a alguien de una casa, aunque no sea suya. Pero proteger a quien no le asiste la razón, lesionando derechos fundamentales del legítimo propietario, resulta grotesco. Pienso que si un estado no dispone de fuerza para proteger con rapidez el legítimo derecho a habitar la propia casa, devalúa la justicia distributiva y su propia autoridad.


José Ignacio Moreno Iturralde

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